Ayudas a hijos y cónyuge discapacitados. Vigilante de Seguridad Privada

lunes, 21 junio , 2021


Lo digo y lo diré siempre leer no es malo, si leemos nuestro convenio podremos ver ayudas que desconocíamos y que por no leer se están perdiendo y mucho

Se que nuestro convenio no es de nuestro agrado , pero algo tiene que tenemos que leerlo y al final sacaremos cosas

A consecuencia de todo esto ire poniendo el convenio por artículos para que lo vayáis leyendo poco a poco, estará en el apartado de Vigilantes de Seguridad

Artículo 50.


Ayudas a hijos y cónyuge discapacitados.


Las Empresas abonarán a los trabajadores con hijos discapacitados a su cargo la cantidad de 118,54 euros mensuales para el año 2017, 120,91 euros mensuales para el año 2018, 123,33 euros mensuales para el año 2019 y 125,80 euros mensuales para el año 2020 por hijo de esta condición como complemento a la prestación que la Seguridad Social le tenga reconocida en concepto de ayuda para discapacitados, entendiéndose como tales los así definidos en la legislación aplicable.


Asimismo, recibirán la cuantía establecida en el anterior párrafo, en aquellos supuestos en los que el cónyuge del trabajador a su cargo tenga una discapacidad del 65% o superior.


La cuantía acreditada de la prestación será abonada por la Empresa en la que el trabajador preste sus servicios en proporción al número de días trabajados en el mes.

¿Cómo se solicita?

Solo redactar un escrito a la empresa con el texto adjunto o parecido y certificado de la discapacidad en la que aparezca la filiación del descendiente. Así de simple.

Escrito:

Por la presente, yo D………………………………… con DNI nº………………………. trabajador de ……………………Empresa de Seguridad, en virtud del artículo 50 del convenio de referencia nº 99004615011982  y teniendo a mi cargo un hijo con discapacidad reconocida en certificado adjunto, solicito hagan efectiva la ayuda que me corresponde a partir del día de la fecha.

Atentamente:

Leer no es malo, escribir tampoco.


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